Autorización de viaje de menores de edad en el Consulado de Perú en Barcelona: Todo lo que necesitas saber

En el Consulado General del Perú en Barcelona, se entiende la importancia de la autorización de viaje para los menores de edad que deseen viajar fuera del territorio peruano. En este artículo, te proporcionaremos una guía detallada para obtener la autorización de viaje de manera adecuada y cumpliendo con todos los requisitos legales.

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Es importante que conozcas que la información que aparece aquí es tomada de la página original de cada consulado. Para más información, o ver las últimas noticias y actualizaciones puedes visitar la página oficial de cada consulado.

¿Qué es una autorización de viaje?

La autorización de viaje es un documento consular mediante el cual los padres que se encuentran en el extranjero otorgan su consentimiento para que su hijo/a menor de edad pueda viajar fuera del territorio peruano, ya sea de forma individual o acompañado por uno de ellos o por otro adulto responsable. Este documento es emitido exclusivamente por los Consulados peruanos en el extranjero y tiene una validez de 90 días a partir de su expedición por la autoridad consular.

Es importante tener en cuenta que una vez obtenida la Autorización de Viaje, esta debe ser legalizada en el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú. Esta legalización es un requisito obligatorio y debe realizarse antes de entregar el documento a la autoridad migratoria peruana para permitir la salida del menor del país.

¿Cuándo se requiere una autorización de viaje de los padres?

Existen situaciones específicas en las cuales se requiere la autorización de viaje por parte de los padres. A continuación, detallamos dichas circunstancias:

  1. Cuando se trata de menores de edad extranjeros que han permanecido en el Perú por más de 183 días calendario.
  2. Cuando se trata de menores de edad peruanos que residen en el extranjero y han permanecido en el Perú por más de 183 días calendario.
  3. Cuando se trata de menores de edad peruanos que residen en el Perú, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 52 del DL 1350 Ley de Migraciones.

Excepciones a la autorización de viaje

Aunque la autorización de viaje es obligatoria en la mayoría de los casos, existen algunas excepciones importantes. No se requiere una autorización de viaje en las siguientes situaciones:

  1. Para la salida de menores de edad peruanos o extranjeros que viajen en compañía de ambos padres.
  2. Para la salida de menores de edad extranjeros con calidad migratoria temporal, como turistas, siempre y cuando su estadía en el Perú no haya excedido los 183 días calendario.
  3. Para la salida de menores de edad peruanos que residen en el extranjero, siempre y cuando su estadía en el Perú no haya excedido los 183 días calendario.

Es importante tener en cuenta que estas excepciones están sujetas a cambios y recomendamos verificar siempre los requisitos actuales antes de planificar el viaje de un menor de edad.

Requisitos para obtener la autorización de viaje

A continuación, detallamos los requisitos necesarios para solicitar la autorización de viaje:

  1. Documento de identidad de los padres del menor que solicita la autorización:
  • Si eres peruano, deberás presentar tu DNI peruano.
  • Si eres extranjero, deberás presentar tu pasaporte o documento de identificación emitido por el país en el que resides.
  1. Documento de identidad del menor(es) de edad que viajan:
  • Si el menor es peruano, deberás presentar una copia del DNI peruano.
  • Si el menor es extranjero, deberás presentar su pasaporte o documento de identificación emitido por el país en el que reside, junto con una copia certificada del acta de nacimiento del menor, la cual no debe tener una antigüedad superior a tres meses.
  1. Información relativa al viaje:
  • Deberás proporcionar detalles precisos, como la ciudad de salida, la ciudad de destino, la ruta del vuelo y la fecha de salida, entre otros.
  1. Documento de identidad del acompañante que viajará con el menor (en caso de ser aplicable):
  • Si el acompañante es peruano, deberá presentar su DNI peruano.
  • Si el acompañante es extranjero, deberá presentar su pasaporte o documento de identificación emitido por el país en el que reside.

Costo y forma de pago

El costo de la autorización de viaje es de 20.00 Euros. Puedes realizar el pago en efectivo (se recomienda traer el importe exacto), con tarjeta de crédito o débito emitida por un banco de la zona euro, ya sea en las oficinas del Consulado General o mediante transferencia bancaria. Para obtener más información sobre las opciones de pago, te invitamos a consultar la web del consulado.

La entrega de la Autorización de Viaje se realizará el mismo día de la cita. Sin embargo, también se ofrece la opción de solicitar el envío del documento al Perú a través del Sistema Virtual de Envío de Documentos del Consulado General. Ten en cuenta que esta gestión tiene un costo adicional de 30 USD, que deberá ser pagado en el Perú por la persona encargada de recoger el documento. Además, el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú emitirá una copia certificada de la Autorización de viaje, la cual deberá ser legalizada ante el mismo Ministerio de Relaciones Exteriores.

Casos especiales

Existen circunstancias particulares en las cuales un solo padre puede otorgar la autorización de viaje. A continuación, detallamos dichos casos:

  1. Cuando el otro padre ha fallecido. En este caso, se requerirá la presentación de una copia certificada del acta de defunción correspondiente.
  2. Cuando el menor ha sido reconocido por un solo padre.
  3. En el Perú, para autorizar la salida de niñas, niños y adolescentes nacionales o extranjeros residentes, será necesario contar con la autorización del o los padres que ejerzan la patria potestad.
  4. En los casos en los que uno de los padres de la niña, niño o adolescente residente se encuentre ausente o exista disentimiento, MIGRACIONES permitirá la salida del menor con una autorización judicial de viaje vigente.

Es importante tener en cuenta que, a fin de prevenir el tráfico internacional de menores, se recomienda encarecidamente que todo menor peruano cuente con un DNI, ya que este documento permite una mejor identificación del menor, incluyendo su filiación. Además, la autoridad migratoria peruana exige la presentación del DNI del menor para permitir su salida del país. Por lo tanto, te recomendamos tramitar el DNI de tus hijos en la oficina del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) o en los Consulados peruanos correspondientes.

Para obtener más información sobre los trámites y requisitos relacionados con la Autorización de Viaje de Menores de Edad, te invitamos a visitar el sitio web oficial y consultar la sección correspondiente.

Datos de contacto

Para más info, puedes comunicarte con la central telefónica a los números (+34) 934 154 999 o (+34) 934 511 784. Sin embargo, ten en cuenta que no se realizan reservas de citas por teléfono.

La información que aparece aquí es tomada de la página original de cada consulado. Para más información, o ver las últimas noticias y actualizaciones puedes visitar la página oficial de cada consulado.

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